Los derechos de la naturaleza: un paso adelante, tres atrás



Título del documento: Los derechos de la naturaleza: un paso adelante, tres atrás
Revue: Espaco juridico
Base de datos: CLASE
Número de sistema: 000513229
ISSN: 1519-5899
Autores: 1
Instituciones: 1Instituto de Altos Estudios Nacionales, Quito, Pichincha. Ecuador
Año:
Periodo: Jul-Dic
Volumen: 21
Número: 2
Paginación: 375-388
País: Brasil
Idioma: Español
Tipo de documento: Artículo
Enfoque: Analítico, descriptivo
Resumen en español El reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derecho que hacen las constituciones de Ecuador 2008 y Bolivia 2009, representa un quiebre civilizatorio que hecha dárdos al corazón mismo del casi extinto Estado liberal moderno. Pese a ser resultado de un proceso social con una data de más de 15 años y no de algún movimiento ilustrado, la Constitución de Montecristi aporta a la teoría constitucional proponiendo nuevos vínculos entre moral y derecho y entre política y derecho, pero también creando nuevas instituciones que hacen posible la convivencia entre vivientes. En tal sentido, el reconocimiento constitucional es a la vez un diálogo y una ruptura con los marcos filosóficos y teóricos sobre los que se ha asentado la relación Estado-sociedad-naturaleza. Desde la segunda mitad del Siglo XX, se han dado dos grandes olas de reforma constitucional referidas a la Naturaleza. La primera que mata a la ́naturaleza` y entrona al ́medio ambiente`, con el objeto de hacer posible la gestión de los recursos naturales. La seguna que revive de las cenizas a la ́naturaleza` y le otorga personalidad jurídica, para hacer posible el mundo de la vida.El reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derechos se asienta en un proyecto societal que propugna un “biorepublicanismo”, que rescata las visiones integrales, holísticas y comunitaristas, como ejes de la transformación de la sociedad. Como aspiración histórica, dicho reconocimiento tiene la virtud de reformular los parámetros morales y jurídicos sobre los que se asienta la relación Estado, sociedad y naturaleza
Resumen en inglés The recognition of nature as subject of law made by the constitutions of Ecuador (2008) and Bolivia (2009) represents a break in civilization that hits directly to the heart of the almost-extinct modern liberal state. It is the outcome of a social process of more than 15 years, and not the result of any enlightened movement. However, the Montecristi Constitution contributes to the constitutional theory proposing new links between morality and law and between politics and law. Moreover, it creates new institutions that make possible the coexistence of living beings. Thus, the constitutional recognition of the legal personhood of nature is both a dialogue and a disruption with the philosophical and theoretical frameworks on which the State-society-nature relationship has been traditionally established.Since the second half of the 20th century, there have been two great waves of constitutional reform related to Nature. The first destroys the concept of ‘‘nature’’ and entronates ‘‘the environment’’ in order to make the management of natural resources possible. The second one revives from the ashes the concept of ‘‘nature’’ and gives it legal personhood, to make the world of life possible.The recognition of nature as a rights holder is based on a societal project that advocates a “bio-republicanism”, which rescues the integral, holistic and communitarian views as axes to transform society. As a historical aspiration, this recognition has the virtue of reformulating the moral and legal parameters on which the relationship between State, society and nature is established
Disciplinas: Derecho
Palabras clave: Historia y teorías del derecho,
Derechos de la naturaleza,
Sujetos de derecho,
Biorrepublicanismo
Texte intégral: https://portalperiodicos.unoesc.edu.br/espacojuridico/article/view/23954/15810