Global Financial Standards and Networks: the global administrative law perspective



Título del documento: Global Financial Standards and Networks: the global administrative law perspective
Revista: Revista de derecho público
Base de datos: CLASE
Número de sistema: 000430508
ISSN: 1909-7778
Autores: 1
Instituciones: 1Universita degli Studi di Roma II "Tor Vergata", Roma, Lazio. Italia
Año:
Periodo: Ene-Jun
Número: 30
Paginación: 1-28
País: Colombia
Idioma: Inglés
Tipo de documento: Artículo
Enfoque: Analítico
Resumen en español Diferentes tipos de autoridades forman parte en la arquitectura financiera global: internacionales, transnacionales y nacionales; públicas y privadas. El Consejo de Estabilidad Financiera (FBS por sus siglas en inglés), fortalecido en 2009, tiene por objeto coordinar el trabajo de estos organismos. Sin embargo, no todos los actores cumplen las mismas funciones: el G20 tiene por objeto establecer la agenda de reforma y dar el respaldo político a organismos técnicos; el FMI y el BM que, a través de FSAP y ROSCs, tienen el objetivo de hacer cumplir las normas, y no de crearlas. El proceso de elaboración de normas, incluso después de la crisis, todavía está en manos de las redes transnacionales. Sin embargo, el FSB está el mismo encargado de crear normas, contrario a sus predecesores. El Derecho Administrativo Global (GAL), como enfoque de investigación, es especialmente adecuado para enmarcar el análisis de los estándares globales financieros: debido a las características de los órganos normativos, al objeto de regulación, a los procedimientos de elaboración de normas y a la forma en que éstas son implementadas. En particular, los principios y procedimientos que provienen del derecho administrativo nacional se han utilizado con el fin de fomentar la rendición de cuentas de los actores que crean normas. Sin embargo, algunos ejemploscomo el borrador de Basilea II, en el que fueron usados ampliamente procedimientos de notificación y comentarios, que resultaron en la creación de un riesgo de captura regulatoria muestran que los instrumentos GAL deben ser elaborados a la medida, con el fin de garantizar la representación equilibrada de todos los intereses en juego. De lo contrario, su posible efecto positivo, tanto en la responsabilidad de los reguladores globales como en la eficacia de la regulación, se verá afectada
Resumen en inglés Different types of authorities take part in the global financial architecture: international, transnational and national; public and private. The FSB , strengthened in 2009, aims at coordinating the work of all these bodies. Yet, not all these actors play the same functions: the G20 aims at setting the agenda of reform and gives its political endorsement to technical bodies; the IMF and the World Bank, through the FSAP and ROSCS, work as standard enforcers, not as standard setters. The standard setting process itself is still, even after the crisis, in the hands of transnational networks. Moreover, the FSB itself is, contrary to its predecessor, also a standard setter. The Global Administrative Law (GAL) research approach is particularly well-suited to frame global financial standards: because of the features of the standard setters; because of the object of regulation; because of the standard setting procedures; because of ways standards are implemented. In particular, principles and procedures coming from national administrative law traditions have been used in order to foster the accountability of the standard setters. Yet, some examples -such as the drafting of Basel II, where extensive notice and comment procedures were used, resulting in a risk of regulatory capture- show that GAL instruments need to be attentively tailored, in order to guarantee the balanced representation of all the interests at stake. Otherwise, their potential positive effect on both the accountability of global regulators and the efficacy of regulation is impaired
Disciplinas: Derecho,
Economía,
Relaciones internacionales
Palabras clave: Relaciones jurídicas internacionales,
Finanzas públicas,
Derecho internacional,
Derecho económico,
Derecho público,
Banca,
Sistemas económicos,
Organismos internacionales,
Derecho administrativo,
Globalización,
Fondo Monetario Internacional (FMI)
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