Las citas de leyes y otras normas: legislación comparada y nuevo digesto jurídico argentino



Título del documento: Las citas de leyes y otras normas: legislación comparada y nuevo digesto jurídico argentino
Revue: Prudentia iuris
Base de datos: CLASE
Número de sistema: 000444678
ISSN: 0326-2774
Autores: 1
Instituciones: 1Universidad Austral, Buenos Aires. Argentina
Año:
Periodo: Dic
Número: 80
Paginación: 259-272
País: Argentina
Idioma: Español
Tipo de documento: Ensayo
Enfoque: Analítico, descriptivo
Resumen en español Decía Tomás de Aquino que “lex non est ipsum ius, proprie loquendo, sed aliqualis ratio iuris” 1: “[…] la ley no es el mismo derecho, propiamente hablando, sino cierta racionalización del derecho”. En concordancia con esto, entre nosotros enseñaba Alberdi que “saber, pues, leyes, no es saber derecho”, dado que “las leyes no son más que la imagen imperfecta y frecuentemente desleal del derecho que vive en la armonía viva del organismo social”, del cual hay que “conocer su genio, su misión, su rol”, porque “es el alma, la vida, el espíritu de las leyes” 2. Esto lleva, según el maestro argentino, a que “en materia de leyes, no se puede hacer nada, si no se sabe el derecho” 3. El derecho no es la ley, entonces, pero sin embargo la ley tiene una relación estrecha con el derecho, del cual a veces es su causa eficiente, como ocurre con las materias de mero Derecho Positivo, y otras, es una suerte de causa ejemplar, cuando refleja la justicia natural de las cosas. La causa final inmediata de toda ley, por otra parte, debe ser el derecho, y la mediata, el bien común. El hecho, entonces, de que las leyes tengan una función segunda con respecto al derecho no las vuelve menos importantes. El conocimiento de las leyes, así, no es algo ajeno al oficio del jurista, sino que es un elemento fundamental para la búsqueda de la justicia en los casos concretos..
Disciplinas: Derecho
Palabras clave: Derecho público,
Argentina,
Sistema jurídico,
Legislación comparada,
Derecho comparado
Texte intégral: Texto completo (Ver PDF)