Constitutional rights and the possibility of detached constructive interpretation



Título del documento: Constitutional rights and the possibility of detached constructive interpretation
Revue: Problema: Anuario de filosofía y teoría del derecho
Base de datos: CLASE
Número de sistema: 000443116
ISSN: 2007-4387
Autores: 1
Instituciones: 1McMaster University, Department of Philosophy, Hamilton, Ontario. Canadá
Año:
Periodo: Ene-Dic
Número: 9
Paginación: 23-52
País: México
Idioma: Inglés
Tipo de documento: Artículo
Enfoque: Analítico, descriptivo
Resumen en español En este artículo defiendo a la revisión constitucional frente a la acusación de que ésta está necesariamente reñida con el principio democrático. Para ello, he recurrido tanto a la teoría dworkiniana de la interpretación constructiva como a la teoría raziana de los enunciados y del razonamiento desde un punto de vista normativamente distanciado. Después de argumentar que la interpretación constructiva puede ser realizada desde un punto de vista distinto al del intérprete, me dispongo a defender las siguientes tesis: (1) La interpretación y la revisión constitucional pueden ser realizadas desde el punto de vista de la comunidad democrática y su moral constitucional; (2) Este proceso puede ser emprendido por un juez sin involucrar deliberadamente sus propias convicciones morales; (3) Cuando se realiza desde este punto de vista, la interpretación y la revisión constitucional pueden ser efectuadas consistentemente con la democracia; y (4) Esto es así aun cuando tales actividades requieran, en buena medida, de un razonamiento y argumentación moral sustantiva de parte de los jueces
Resumen en inglés In this paper I defend constitutional review against the charge that it necessarily runs afoul of democratic principle. In so doing, I draw both on Dworkin's theory of constructive interpretation as well as Raz's theory of detached normative statements and reasoning from a point of view. After arguing that constructive interpretation can be undertaken from a point of view other than that of the interpreter, I go on to argue for the following claims: (1) Constitutional interpretation and review can be undertaken from the point of view of the democratic community and its constitutional morality; (2) This process can be undertaken by a judge without the deliberate intrusion of her own personal moral convictions; (3) When undertaken from this point of view, constitutional interpretation and review can be rendered consistent with democracy; and (4) This is so even when these activities require a good deal of substantive moral reasoning and argument on the part of judges
Disciplinas: Derecho
Palabras clave: Historia y teorías del derecho,
Derecho constitucional,
Interpretacion constitucional,
Moral,
Razonamiento moral,
Moral política,
Legitimidad democrática
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