Revista: | Revista de filosofía (México, D.F.) |
Base de datos: | |
Número de sistema: | 000531265 |
ISSN: | 0185-3481 |
Autores: | González Díaz, J. Rafael1 McCadden M., Carlos J.1 |
Instituciones: | 1Instituto Tecnológico Autónomo de México, México, |
Año: | 2020 |
Volumen: | 52 |
Número: | 149 |
Paginación: | 46-83 |
País: | México |
Idioma: | Español |
Resumen en inglés | legal formalism and subjectivism of individual preferences. His philosophy is not positivist but neither historicist nor sociological. It is affirmed as a scientific activity because it is based on logic and is demonstrated as an effective reality. Philosophy of Law exposes freedom throughout its three moments: abstract law, morality and ethicity. In the abstract law, the individual"s formal freedom is affirmed, his legal personality, I declare that I am free and have "right" however, this is only effective when it is exposed and tested externally. The law demands the recognition of the community: a let do (laissez faire) and the granting of abenefit (prerogative) by the State. For Hegel, ethicity is the order that allows the relationship between free individuals in the social, economic or legal sphere. Therefore, the law is really effective in ethicity. In the political constitution and laws, people externalize practical rationality that is nothing more than the per- fect union of the universal norm of culture and customs. Only in this way, the citizen recognizes himself and others in the universal law. |
Resumen en español | Hegel elaboró una rigurosa filosofía del derecho fundada en la superación del formalismo jurídico y el subjetivismo de las preferencias individuales. Su filo- sofía no es positivista, pero tampoco historicista o sociológica. Se afirma como actividad científica porque se sustenta en la lógica y se demuestra como realidad efectiva. La filosofía del derecho expone la libertad a lo largo de tres momentos: el derecho abstracto, la moralidad y la eticidad. En el derecho abstracto se afirma la libertad formal del individuo, su personalidad jurídica: declaro que soy libre y tengo "derecho"; sólo es efectivo cuando se expone y se prueba exteriormente. El derecho demanda el reconocimiento de la comunidad: un dejar hacer (laissez faire) y el otorgamiento de una prestación (prerrogativa) por parte del Estado. Para Hegel, la eticidad es el orden que permite la relación entre individuos libres en la esfera social, económica o jurídica. Por lo tanto, el derecho es realmente efectivo en la eticidad. En la constitución política y en las leyes, las personas exteriorizan la racionalidad práctica: la perfecta unión de las normas universales de la cultura y sus costumbres. Sólo así, el ciudadano se reconoce a sí mismo y a los demás en lo universal de las leyes. |
Palabras clave: | derecho abstracto, eticidad, filosofía del derecho, filosofía política, formalismo jurídico, Hegel, historicismo jurídico, moralidad, reconocimiento |
Keyword: | Abstract law, ethicity, Philosophy of law, Political philosophy, legal formalism, Hegel, Legal Historicism, Morality, Recognition |
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