Revista: | El cotidiano |
Base de datos: | CLASE |
Número de sistema: | 000443599 |
ISSN: | 0186-1840 |
Autores: | Anaya Ríos, José Luis1 Anaya Ríos, Miguel Angel1 |
Instituciones: | 1Universidad Autónoma de Nayarit, Unidad Académica de Derecho, Tepic, Nayarit. México |
Año: | 2016 |
Periodo: | Jul-Ago |
Número: | 198 |
Paginación: | 88-94 |
País: | México |
Idioma: | Español |
Tipo de documento: | Ensayo |
Enfoque: | Divulgación |
Resumen en español | Con el ánimo de clarificar y justificar dentro de un régimen democrático la aparición de los órganos responsables de controlar la ejecución del gasto público, así como su evolución, conviene hacer referencia a dos sistemas tradicionales, el jurisdiccional francés y el parlamentario británico, y destacar su influencia y concepción evolutiva.1 Estos mecanismos y órganos de control del gasto pretenden lograr un objetivo común: conciliar la administración pública con el control popular. Las prácticas y las experiencias históricas, además de las distintas características constitucionales otorgadas a los órganos de control externo, han dado como resultado dos modelos muy definidos y diferenciados |
Disciplinas: | Administración y contaduría |
Palabras clave: | Administración pública, Francia, México, Reino Unido, Fiscalización, Gasto público, Legislación, Control externo, Parlamento, Auditoría Superior de la Federación (ASF) |
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