La construcción argumentativa de la universalidad de los derechos humanos: el diálogo entre culturas



Título del documento: La construcción argumentativa de la universalidad de los derechos humanos: el diálogo entre culturas
Revista: Revista IUS
Base de datos: CLASE
Número de sistema: 000438900
ISSN: 1870-2147
Autores: 1
Instituciones: 1Universidad de Aquino Bolivia, Santa Cruz de la Sierra. Bolivia
Año:
Periodo: Ene-Jun
Volumen: 10
Número: 37
Paginación: 153-169
País: México
Idioma: Español
Tipo de documento: Artículo
Enfoque: Analítico, descriptivo
Resumen en español La justicia indígena que se constituye en lo particular debe respetar la Constitución y los derechos humanos, los cuales respecto a ésta se constituyen en lo general. Sin embargo, y al mismo tiempo, la interpretación de las normas que hacen al bloque de constitucionalidad, deben tener una interpretación que admita el pluralismo; es decir, que pueda cobijar a diferentes proyectos de vida condicionados culturalmente. La armonización de lo general y lo particular no está dada; debe construirse por consensos a través del diálogo. El presente trabajo hace referencia al diálogo intercultural sobre el cual debe efectuarse la interpretación de los derechos. La decisión de un legislador, funcionario o juez debe elaborarse y recaer en ciudadanos que culturalmente tiene un país, mismos que, en esencia, son diversos y no para ciudadanos ideales. Se analiza el deber de los jueces indígenas en Bolivia de explicar claramente sus decisiones al sancionado, pero también por el resto de jueces ordinarios, pues sin dicha fundamentación se frustraría el diálogo intercultural
Resumen en inglés Indigenous justice that is constituted in this matter must respect the Constitution and Human Rights, which with respect to the latter are in general. Nevertheless, at the same time, the interpretation of the rules that create the constitutionality bloc must have an interpretation that permits pluralism; which means, it shelters different life plans that are culturally conditioned. The harmonization of the general and in this matter then is not given, but must be built by consensus through dialog and not violence. The current work makes reference to intercultural dialog, on which, in my view, the interpretation of rights must be carried out. This is because the decision of a legislator, official or judge must be developed and be of the citizens and the culture that a country actually has, who in essence are diverse; and not for the ideal citizens that a country would like to have. To this effect, the duty of indigenous judges in Bolivia is to explain their penalty decisions, making them understandable, to the punished person, but also for the rest of the regular judges; because without this rationale, the entire intercultural dialog would be defeated
Disciplinas: Derecho
Palabras clave: Historia y teorías del derecho,
Bolivia,
Derechos humanos,
Universalidad,
Universalismo,
Administración de justicia,
Diversidad cultural,
Pluralismo,
Interpretacion constitucional
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