"Oportere ex fide bona". Una construcción decisiva de la jurisprudencia romana



Título del documento: "Oportere ex fide bona". Una construcción decisiva de la jurisprudencia romana
Revista: Revista de derecho privado (Bogotá)
Base de datos: CLASE
Número de sistema: 000429202
ISSN: 2346-2442
Autores: 1
Instituciones: 1Universidad Nacional de Rosario, Facultad de Derecho, Rosario, Santa Fe. Argentina
Año:
Periodo: Ene-Jun
Número: 24
Paginación: 17-41
País: Colombia
Idioma: Español
Tipo de documento: Artículo
Enfoque: Analítico
Resumen en español Verificada la secularización de la antigua fides, asistimos al surgimiento de una construcción cuya valencia técnica parece concretarse en el específico ámbito del proceso. La fides resulta adjetivada con el calificativo de bona. A partir de entonces el sintagma bona fides significará una característica procesal, una cualidad de ciertas acciones que en la intentio de su fórmula se estructuraban en base al oportere ex fide bona. El núcleo de estas acciones estaba representado por los contratos sinalagmáticos, cuya fuerza obligatoria se fundaba en el consentimiento y pertenecían a la órbita del comercio internacional (ius gentium). Con todo, al margen de su aplicación pretoriana, la cláusula quidquid dare facere oportet ex fide bona fue una elaboración eminentemente jurisprudencial, producto del ingenio de los juristas romanos. Fueron ellos quienes idearon buena parte de las soluciones sobre cuestiones ligadas a la eficacia de los contratos consensuales que todavía hoy se consideran emanaciones de la buena fe-lealtad. Recuperar la trascendencia del rol de los juristas en la tarea de hacer que el derecho sea adherente a la realidad constituye la principal invitación que nace de este escrito
Resumen en inglés Once secularization of ancient fides was accomplished, we can see the emergence of a construction, the technical equivalence of which seems to materialise in the particular field of judicial process. Fides is labelled with the qualifier bona. Since then the term bona fides was to become a procedural feature, a quality of certain actions in which the intention of the formula was structured based on oportere ex fide bona. The core of these actions was represented by synallagmatic contracts, the binding force of which was founded on the consent and belonged to the sphere of international trade (ius gentium). But still, beyond its praetorian implementation, the clausula quidquid dare facere oportet ex fide bona was mainly a jurisprudential development, outcome of Roman jurists’ genius. They created a significant number of solutions for issues related to the effectiveness of consensual contracts, which even now are still regarded as derived from good faith and fair dealing. The main purpose of this paper is to regain the relevance of the roll the jurists must play to make Law to fit social reality
Disciplinas: Derecho,
Economía,
Historia
Palabras clave: Derecho procesal,
Comercio internacional,
Historia regional,
Derecho internacional,
Historia y teorías del derecho,
Filosofía del derecho,
Técnica y metodología jurídicas,
Derecho romano,
Contratos,
Jurisprudencia
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