Revista: | Proceso (México, D.F.) |
Base de datos: | CLASE |
Número de sistema: | 000333507 |
ISSN: | 1665-9309 |
Autores: | Carrasco Araizaga, Jorge |
Año: | 2011 |
Periodo: | Jun |
Número: | 1808 |
Paginación: | 22-24 |
País: | México |
Idioma: | Español |
Tipo de documento: | Nota breve o noticia |
Enfoque: | Analítico |
Resumen en español | Lejos de sacar al Estado mexicano del atolladero jurídico internacional en que se encuentra por su desacato a una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el mes pasado la SCJN ratificó que debe ser el Ejército y no la justicia civil el que juzgue delitos del fuero común cometidos por militares. Los abogados de una mujer cuyo marido fue asesinado por soldados en Badiraguato, en 2008, señalan que los ministros emitieron su fallo con base en elementos ajenos a los hechos |
Disciplinas: | Ciencia política |
Palabras clave: | Proceso político, Gobierno, México, Sinaloa, Ejército, Delitos del fuero común, Fuero militar, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Derechos humanos |
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