Revista: | International law : revista colombiana de derecho internacional |
Base de datos: | CLASE |
Número de sistema: | 000305002 |
ISSN: | 1692-8156 |
Autores: | Bernal Corredor, Diego |
Año: | 2009 |
Periodo: | Jul-Dic |
Número: | 15 |
Paginación: | 279-314 |
País: | Colombia |
Idioma: | Inglés |
Tipo de documento: | Artículo |
Enfoque: | Analítico, crítico |
Resumen en español | Éste es el resultado final de una investigación. El desarrollo de las prácticas en comercio exterior y derecho internacional de la inversión ha traído nuevos retos a los inversionistas, que siempre están buscando bases más seguras para realizar sus negocios en el extranjero. En ese sentido, los acuerdos de libre comercio y los acuerdos bilaterales de protección a la inversión establecen un marco legal, bajo el cual tanto el país receptor de la inversión como el inversionista extranjero tienen un mínimo estándar de tratamiento. Los miembros del NAFTA , en especial Estados Unidos y Canadá, estaban preocupados por la posibilidad de que México no pudiera ser responsabilizado de manera efectiva por medidas que fueran equivalentes a la expropiación. En ese orden de ideas, el Capítulo Once fue creado con una definición amplia en relación con sus términos y procedimientos, los cuales le permitirían al inversionista extranjero de otro Estado miembro presentar una demanda frente a un tribunal internacional sin la necesidad de cumplir los requisitos relacionados con los remedios domésticos. Estas dos características permitieron que Metalclad interpusiera una demanda contra México por ciertas medidas domésticas que supuestamente fueron equivalentes a una expropiación fragmentada. El laudo de Metalclad presentó una definición muy amplia de la expropiación indirecta, que de acuerdo con algunos académicos podría hacer mella en los poderes regulatorios de los países Miembros del NAFTA y los llevaría a una carrera de fondo, en relación con los temas de salubridad, medio ambiente y seguridad. Mi hipótesis es que, con base en la revisión del laudo del Tribunal y otros desarrollos de la jurisprudencia de NAFTA , Metalclad no tuvo ningún impacto relevante en la definición de expropiación |
Resumen en inglés | This is the final result of an investigation. Developing practices in international trade and investment law bring new challenges to investors who are always seeking better and more certain grounds to develop their businesses abroad. In that regard, free trade agreements and bilateral investment treaties set a legal frame under which a minimum standard of treatment is set for both the foreign investor and the Host State. The parties to NAFTA, especially the United States and Canada were concerned that Mexico could not be held accountable for measures that would be tantamount to expropriation. With that purpose Chapter Eleven was created with a very broad definition on its terms and a procedure that would allow a foreign investor from another Party, to submit a claim before an international tribunal without having to exhaust the local remedies. These two characteristics allowed Metalclad to submit a claim against Mexico for some domestic measures that allegedly amounted to a creeping expropriation. The Metalclad award introduced a very broad definition of indirect expropriation, which according to some academics it would undermine the regulatory powers of NAFTA Members and would drive states in a race to the bottom regarding safety, environmental and health regulations. My hypothesis is that based on the revision of the Tribunal's award and the recent developments in NAFTA jurisprudence, Metalclad did not have any relevant impact regarding the definition of expropriation |
Disciplinas: | Derecho, Economía |
Palabras clave: | Derecho internacional, Inversiones, Comercio internacional, Metalclad, Expropiación indirecta, México, Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), Inversión extranjera |
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