Asistencia estatal a los desplazados y reparacion en el sistema interamericano de Derechos Humanos



Título del documento: Asistencia estatal a los desplazados y reparacion en el sistema interamericano de Derechos Humanos
Revista: International law : revista colombiana de derecho internacional
Base de datos: CLASE
Número de sistema: 000303868
ISSN: 1692-8156
Autores: 1
2
Instituciones: 1Pontificia Universidad Javeriana, Bogotá. Colombia
2Universidad de La Sabana, Bogotá. Colombia
Año:
Periodo: Jun-Nov
Número: 8
Paginación: 161-194
País: Colombia
Idioma: Español
Tipo de documento: Artículo
Enfoque: Analítico
Resumen en español Con ocasión de las recientes sentencias en los casos Masacre de Mapiripán1 y Masacres de Ituango, en las que la Corte Interamericana de Derechos Humanos estudió casos de víctimas de desplazamiento forzado, se ha retomado el debate relativo a si las políticas públicas de asistencia a la población desplazada deben tenerse en cuenta al momento de determinar las reparaciones a que tienen derecho las víctimas del desplazamiento. Si bien en el caso Ituango la Corte Interamericana señaló que al momento de determinar las reparaciones tomaría en cuenta que algunas víctimas recibieron ayuda por parte del Estado, en razón de dicha condición, no dio explicación alguna sobre la justificación y el alcance de dicha posición, ni tradujo dicha consideración en descuentos específicos. Al respecto, en el voto razonado del juez ad hoc GUSTAVO ZAFRA en el caso de la Masacre de Mapiripán, se sostiene que no deben tenerse en cuenta, por cuanto no son entregadas a título de reparación. En este artículo se propone la reformulación del debate, para afrontar el problema desde el concepto de daño y no desde el concepto de reparación. A partir de lo anterior, se concluye que las políticas públicas de asistencia a la población desplazada deben tenerse en cuenta al momento de determinar las reparaciones, toda vez que: 1° La asistencia estatal puede evitar el surgimiento del daño, aminorarlo o interrumpirlo. 2° El objetivo de las políticas públicas de asistencia es hacer cesar las consecuencias del desplazamiento, aspecto que no puede ser desconocido por la Corte Interamericana. Para facilitar la lectura de nuestro análisis, en la primera sección del artículo explicamos de manera general los criterios de la Corte Interamericana en materia de reparaciones y su relación con el tipo de daño
Resumen en inglés Due to the recent judgments in the Mapiripán Massacre and Ituango Massacres, in which the Interamerican Court on Human Rights studied cases where victims were forcefully displaced, the debate concerning whether or not the public assistance policies can influence victims reparations, has been retaken. In the Ituango case, the Interamerican Court noted that public assistance would be considered in the reparations study. Nevertheless, the Court did not argue the justification of this consideration, nor traduced that argument in to concrete reductions Judge GUSTAVO ZAFRA ROLDÁN opinion in the Mapirián judgment was clear to note that public assistance should not interfere with reparations, due to the fact that assistance is not equivalent to reparation. This article proposes a reformulation of the debate, to approach the problem from the concept of damage and not from the concept of reparations. We conclude that public assistance policies should influence reparations, bearing in mind that (i) public assistance can avoid the emergence of damage, diminish it or interrupt it, and (ii) the purpose of public assistance is to cease the consequences of forced displacement. This subject can not be ignored by the Interamerican Court. To make possible the analysis, in the first section of the article we present the general criteria of the Interamerican Court in reparations and its relation to damage
Disciplinas: Derecho,
Relaciones internacionales
Palabras clave: Derecho internacional,
Cooperación internacional,
Derechos humanos,
Desplazamiento forzado,
Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH),
Responsabilidad internacional
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