Revista: | Diá-logos (San Salvador) |
Base de datos: | |
Número de sistema: | 000573467 |
ISSN: | 2958-9754 |
Autores: | De Rosa, Pablo Alberto1 |
Instituciones: | 1Abogado (UCASAL). Especialista en Derecho Penal (UNS) y docente de la Universidad Salesiana (UNISAL)., |
Año: | 2017 |
Volumen: | 11 |
Número: | 20 |
Paginación: | 65-72 |
País: | El Salvador |
Idioma: | Español |
Resumen en español | Una de las características especiales que presenta la justicia penal juvenil respecto a la de adultos, es el tipo de respuesta que se proporciona al infractor. En el derecho penal del adolescente se parte de la base de que los fines preventivo-especiales juegan en él un papel central y protagónico, privilegiando la intervención educativa por sobre la retributiva. Esta prevención especial positiva es entendida en términos de resocialización del adolescente con objetivos socioeducativos de retsponsabilidad penal del mismo, orientado a la educación para la vida en sociedad. Aquí se expone la vigencia del sistema preventivo propuesto por Don Bosco, receptado implícitamente en el pensamiento penal juvenil contemporáneo y en organismos internacionales de derechos humanos. Estos sostienen que la mejor manera de combatir la delincuencia juvenil es la prevención por medio de política social y educacional, y no con la imposición de sanciones privativas de libertad, que deben ser utilizadas tan solo como último recurso y por el tiempo más breve que proceda. |
Palabras clave: | Derecho penal juvenil, sistema preventivo, principio educativo |
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