Comentarios a la Ley de arbitraje española (Ley 60/2003, 23 de diciembre)



Título del documento: Comentarios a la Ley de arbitraje española (Ley 60/2003, 23 de diciembre)
Revista: Universitas (Bogotá)
Base de datos: CLASE
Número de sistema: 000300435
ISSN: 0041-9060
Autores: 1
Instituciones: 1Universidad Autónoma de Nayarit, Tepic, Nayarit. México
Año:
Periodo: Ene-Jun
Número: 115
Paginación: 17-48
País: Colombia
Idioma: Español
Tipo de documento: Artículo
Enfoque: Analítico, descriptivo
Resumen en español La actual Ley de arbitraje 60 del 2003, de 23 de diciembre, reforma el sistema jurídico arbitral español paliando sus imperfecciones y situando a España dentro de los países que cuenta con una legislación favorable al arbitraje tanto interno como internacional. Esta nueva ley se caracteriza por su antiformalismo, la permisibilidad en el empleo de nuevas tecnologías, limita la intervención jurisdiccional a los momentos estrictamente necesarios, se pronuncia acertadamente sobre las medidas cautelares en el arbitraje, establece la voluntad de las partes como brújula orientadora del procedimiento arbitral cuyos límites son impuestos por los principios de contradicción, igualdad y audiencia, mejora la protección de la eficacia del convenio arbitral y permite la ejecución provisional del laudo impugnado. Sus aciertos superan en gran medida sus imprecisiones y en general representa la evolución positiva de la legislación española con respecto al arbitraje. Por otro lado, la legislación arbitral toma en cuenta los diferentes componentes del procedimiento arbitral; determinando su inicio, la forma de notificación y cómputo de los plazos, las distintas fases procedimentales y no solo denominan correctamente el sistema de impugnación contra el laudo (acción de anulación) sino también enumera con claridad los motivos de su procedencia. El análisis general de sus preceptos nos permite concluir que es plausible la regulación del arbitraje en dicho ordenamiento jurídico
Resumen en inglés The current Arbitration Law No. 60/2003 (December) amends the Spanish legal arbitration system by mitigating its imperfections and placing Spain within countries with a legislation favorable both to domestic and international arbitration. This new law is characterized by its anti-formalities features in using new technologies; it limits jurisdictional intervention to just some procedural stages; it accepts the adoption of arbitration precautionary measures; it states that the will of the parties is a guide orienting the arbitration procedures which limits are set out by the principles of contradiction, equality and hearing; it improves the protection as to the efficacy of the arbitration clause and it allows the provisional enforcement of the arbitral award that has been challenged. The right features of this law outnumber its inaccuracies and in general they represent a positive evolution of Spanish legislation as to arbitration. On the other hand, arbitration legislation takes into account different components of the arbitration procedure by determining its commencement, the form of serving notices, the calculation of legal terms, the different procedural stages, and they no only correctly label the system of challenging an arbitral award “acción de anulación” (annulment) but also it list with great clarity its grounds. The general analysis of its provisions leads to concluding that the regulation of arbitration is plausible in the Spanish set of juridical norms
Disciplinas: Derecho
Palabras clave: Derecho comparado,
Derecho mercantil,
Arbitraje internacional,
Arbitraje comercial,
Derecho comercial
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