Voluntad general y representación en el constitucionalismo iusracionalista



Título del documento: Voluntad general y representación en el constitucionalismo iusracionalista
Revista: Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Base de datos: CLASE
Número de sistema: 000301386
ISSN: 0120-3886
Autores: 1
Instituciones: 1Universidad de Oviedo, Oviedo. España
Año:
Periodo: Jul-Dic
Volumen: 36
Número: 105
Paginación: 255-282
País: Colombia
Idioma: Español
Tipo de documento: Artículo
Enfoque: Teórico, descriptivo
Resumen en español El pensamiento iusracionalista concibió la representación política como el mecanismo para alcanzar la voluntad general, no entendida en un sentido numérico (como voluntad de la totalidad), sino en un sentido cualitativo (como la voluntad más racional). La voluntad general, nacida del pacto social, se descomponía en dos bloques: una voluntad social, oficiosa, que se materializaba en la opinión pública, y una voluntad estatal, oficial, juridificada en la ley. A través de las elecciones, se designaban a los sujetos que se encontraban en mejores condiciones para alcanzar la voluntad general, previa consulta con la opinión pública, y todos los mecanismos electorales (incompatibilidades, tipo de sufragio, caracteres del voto…) se orientaban a garantizar la selección de los más capaces. Por su parte, la estructura interna del Parlamento y sus reglas de funcionamiento trataban de garantizar un debate racional que tradujese la opinión pública en una verdadera voluntad estatal
Resumen en inglés The “iusrationalist” thought, conceived the political representation as the mechanism to reach the general will, not understood with a numerical sense (as will of the whole), but in a qualitative sense (as the most rational will). The general will, created by the social contract, was subdivided in two ways: a social, non-official will (public opinion), and a state official will (statutes passed by Parliament). The elections were the way to choose the most capable people to reach the general will, that should be reached after consultation with the public opinion. In fact, all the electoral instruments (incompatibilities, kind of suffrage, characters of the vote...) pretended to guarantee the selection of the most capable. On the other hand, the structure of the Parliament and its internal rules were designed to guarantee a rational debate that should transform the public opinion in a real state will
Disciplinas: Ciencia política,
Derecho
Palabras clave: Formas y tipos de gobierno,
Derecho público,
Filosofía del derecho,
Derecho constitucional,
Teoría del Estado,
Sistema electoral,
Iusracionalismo,
Parlamento,
Constitucionalismo
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