Derecho contractual europeo, autonomía privada y poderes del juez sobre el contrato



Título del documento: Derecho contractual europeo, autonomía privada y poderes del juez sobre el contrato
Revista: Revista de derecho privado (Bogotá)
Base de datos: CLASE
Número de sistema: 000429143
ISSN: 2346-2442
Autores: 1
Instituciones: 1Universita degli Studi di Genova, Génova, Liguria. Italia
Año:
Periodo: Ene-Jun
Número: 22
Paginación: 135-147
País: Colombia
Idioma: Español
Tipo de documento: Artículo
Enfoque: Analítico
Resumen en español Este artículo busca analizar dos puntos. El primer punto: el cuadro general del derecho europeo (y, en particular, del derecho contractual) está construido con base en la doctrina ordoliberal. En consecuencia, el papel del legislador es de fundamental importancia en la formación del derecho y, entonces, el orden jurídico europeo es un orden construido, más que un orden espontáneo (la referencia es a la perspectiva de F. A. HAYEK). El segundo punto: en el ámbito del derecho contractual europeo, la autonomía privada de las partes es entendida como principio general; pero con la idea de que la autonomía de las partes se debe respetar, a menos que haya una buena razón para intervenir; y, a menudo, esta buena razón existe. Si, en particular, consideramos el Draft Common Frame of Reference, el aspecto más notable para observar es la importancia dada a las cláusulas generales: en particular, la buena fe y la racionabilidad. La consecuencia es la centralidad del papel del juez en la construcción del contenido normativo de estas cláusulas generales. Sin embargo, desde este punto de vista, surge un problema: ¿cuál es, cuál debería ser, la relación satisfactoria entre el papel del derecho europeo (con particular atención a los valores constitucionales sobre los cuales se funda) y el papel del juez respecto de las cláusulas generales? ¿Con base en el ordoliberalismo, el poder del juez está destinado a ser restringido frente al aumento de los poderes del legislador, con el fin de perseguir el objetivo de la justicia contractual?
Resumen en inglés This essay aims to stress two main points. The first point: The general framework of European law (and specifically, contract law) is derived from Ordoliberalism doctrines. As a consequence, the Legislative plays a primary role in constructing the law: and so, European legal order is more a constructed order than a spontaneous order (with reference to F. HAYEK ’s perspective). The second point: Within European contract law, parties’ private autonomy is assumed as a general principle, but the assumption is that party autonomy should be respected unless there a good reason to intervene; and often this reason does exist. If we consider specifically the d raft Common Frame of Reference, the main thing to note is the importance of general rules as good faith and reasonableness: the consequence is the centrality of judge’s power as to the construction of legal content of these rules. Nevertheless, here arises a specific problem: which is, and which should be, the right balance between the role of the European law (and its constitutional values) and the role of the judge with reference to general rules? Along the path of Ordoliberalism, judge’s powers are going to be restricted in front of the enlarging power of legislation, in order to pursue contractual justice?
Disciplinas: Derecho,
Economía,
Filosofía
Palabras clave: Sistemas económicos,
Derecho mercantil,
Doctrinas y corrientes filosóficas,
Contratos,
Europa,
Comercio,
Jurisprudencia,
Liberalismo
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