En torno al carácter (cuasi) contractual de la solutio indebiti en las Instituciones de Gayo



Título del documento: En torno al carácter (cuasi) contractual de la solutio indebiti en las Instituciones de Gayo
Revista: Revista de estudios histórico-jurídicos
Base de datos: CLASE
Número de sistema: 000457070
ISSN: 0716-5455
Autors: 1
Institucions: 1Pontificia Universidad Católica de Chile, Santiago de Chile. Chile
Any:
Número: 39
Paginació: 85-110
País: Chile
Idioma: Español
Tipo de documento: Artículo
Enfoque: Analítico, descriptivo
Resumen en español En sus Instituciones, Gayo presenta una summa divisio obligationum, según la cual toda obligación nace de un contrato o de un delito (Gai. 3,88). De acuerdo a este esquema, todo hecho lícito que genere obligaciones consiste en un contractus. Así es, en principio, tratándose del pago de lo no debido (solutio indebiti). Sin embargo, Gayo, luego de señalar que el adquirente de un pago indebido se obliga por la cosa del mismo modo que el mutuario (re obligatur), en circunstancia que el mutuo es para él un contrato (Gai. 3,90), manifiesta sus dudas respecto de la solutio indebiti, al señalar que quien paga por error lo que no debe, más quiere disolver una relación obligatoria (distrahere) que contraerla (contrahere), de modo que no pareciera que en la especie se configure un contrato (Gai. 3,91). La atención de Gayo está puesta en todo caso no en la ausencia de conventio entre las partes, sino en la falta de intención de constituir una relación obligatoria, que no es lo mismo. Aquí se encuentra el germen de la futura categoría de los cuasicontratos en la tradición romanística
Resumen en inglés In his Institutes, Gaius presents a summa divisio obligationum, which states that every obligation either arises from a contract or from an offence (Gai. 3,88). Hence, any lawful event giving rise to obligations is a contractus. This is so, in principle, regarding the payment of what is not due (solutio indebiti). However, after Gaius indicates that the receiver of what was not owed from a person who pays in error is obligued as the borrower (re obligatur), because for him the simple loan is considered a contract (Gai. 3,90), he cast doubts on the solutio indebiti, by pointing out that he who pays in error what was not owed, rather wishes to extinguish an obligation (distrahere) than to establish one (contrahere), so that in this particular case it seems to be of a kind not arising from a contract (Gai. 3,91). Gaius does not focus on the absence of conventio between the parties, but on the lack of intent to establish an obligation, which is not the same. Here lies the origin of a future category of quasi-contracts in civil law tradition
Disciplines Derecho
Paraules clau: Historia y teorías del derecho,
Wegmann, Gayo,
Instituciones,
Contratos,
Obligaciones,
Fundamentos del derecho,
Pensamiento jurídico
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